Decreto 659 de 2024: Declaración Anticipada Obligatoria en Colombia
El Decreto 659 de 2024 convirtió la declaración anticipada en la regla general para importar en Colombia. Le explicamos plazos, riesgos y cómo prepararse.

El Decreto 659 del 22 de mayo de 2024 modificó el Decreto 1165 de 2019 (régimen de aduanas) y cambió la forma en que se nacionaliza la carga en Colombia. Su efecto más visible: la declaración anticipada pasó a ser obligatoria como regla general en las importaciones. Si importa con frecuencia, este cambio afecta directamente su planeación logística y sus costos.
¿Qué es la declaración anticipada?
Es la declaración de importación que se presenta antes de que la mercancía llegue al territorio aduanero nacional. Con ella, la DIAN puede analizar el riesgo de la operación mientras la carga viaja, de modo que al arribo ya se sabe si requiere inspección o puede salir con levante automático.
El decreto mantiene el derecho del importador a actualizar la declaración cuando la mercancía llega, por ejemplo para ajustar información que solo se conoce al momento del arribo.
Principales cambios del Decreto 659 de 2024
| Aspecto | Qué cambia |
|---|---|
| Declaración anticipada | Obligatoria como regla general para las importaciones. |
| No presentarla | La mercancía queda en abandono legal sin posibilidad de legalización. |
| Selectividad e inspección | Se realizan en el lugar de arribo (puerto o aeropuerto). |
| Permanencia en lugar de arribo | 2 días hábiles en modo aéreo y 5 días hábiles en modo marítimo, contados desde el informe de descargue. |
| Contingencia operativa | La DIAN puede autorizar la inspección en depósitos o zonas francas ante desastres, congestión o alteraciones del orden público. |
| Documentos | Se permiten documentos soporte digitales. |
| Beneficios OEA y UTS | Ajustes en las reglas del pago consolidado de tributos. |
Plazos: cuándo presentar la declaración
La declaración debe presentarse antes de la llegada de la mercancía, dentro de los términos que fija la regulación aduanera. Varias guías del sector recomiendan radicarla con al menos 48 horas de anticipación al arribo; confirme siempre el término exacto con su agencia de aduanas, porque depende del modo de transporte y de la operación.
Una vez la carga llega, los tiempos son cortos: 2 días hábiles en carga aérea y 5 en marítima para completar el proceso en el lugar de arribo. Por eso es clave tener listos desde el origen los documentos de importación: factura comercial, documento de transporte, lista de empaque, certificado de origen y vistos buenos.
Vigencia e implementación gradual
La primera fase del decreto entró a regir el 7 de junio de 2024. Otras disposiciones se implementan de forma gradual, a medida que la DIAN habilita los desarrollos informáticos necesarios. Además, el decreto se armonizó con conceptos del régimen sancionatorio, que hoy está contenido en la Ley 2586 de 2026.
Caso especial: drones y aeronaves no tripuladas
Mediante la Resolución 242 del 24 de diciembre de 2025, la DIAN dispuso la declaración anticipada obligatoria para la importación de sistemas de aeronaves no tripuladas (drones). Si importa este tipo de equipos, revise además los permisos sectoriales aplicables.
Riesgos de no cumplir
- Abandono legal: la mercancía no podrá legalizarse si no se presentó la declaración anticipada cuando era obligatoria.
- Sobrecostos: almacenamiento, demoras de contenedor y reprogramación de transporte.
- Retrasos en la cadena de suministro: inventario detenido y clientes sin producto.
Cómo prepararse paso a paso
- Solicite al proveedor los documentos definitivos antes del zarpe o despegue.
- Verifique la clasificación arancelaria y los requisitos de vistos buenos en la VUCE.
- Coordine con su agente de carga la fecha estimada de arribo (ETA) y cualquier cambio.
- Presente la declaración anticipada a través de su agencia de aduanas.
- Actualice la declaración al arribo si es necesario y atienda la inspección dentro del plazo.
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Preguntas Frecuentes
¿La declaración anticipada es obligatoria para todas las importaciones?
Con el Decreto 659 de 2024 es la regla general. Existen excepciones y modalidades especiales, por lo que conviene validar cada caso con su agencia de aduanas.
¿Puedo modificar la declaración anticipada cuando llega la carga?
Sí. El decreto mantiene el derecho del importador a actualizar la declaración al momento del arribo.
¿Qué pasa si no presento la declaración anticipada?
Cuando es obligatoria y no se presenta, la mercancía queda en abandono legal sin posibilidad de legalización.
¿Dónde se hace la inspección aduanera?
Como regla general, en el lugar de arribo. Solo ante una contingencia operativa la DIAN puede permitir la inspección en depósitos o zonas francas.
Contenido informativo. Verifique siempre la norma vigente y las resoluciones reglamentarias de la DIAN.
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