Debida Diligencia Aduanera y Auditoría Posterior al Despacho
Con la Ley 2586 de 2026, demostrar debida diligencia es la mejor defensa ante la DIAN. Aprenda a armar el expediente de cada operación y a prepararse para el control posterior.

La Ley 2586 de 2026 convirtió la debida diligencia en el eje del régimen sancionatorio aduanero. Al mismo tiempo, creó la Auditoría Posterior al Despacho (APD) como medida preventiva. En otras palabras: la DIAN tenderá a detener menos la carga en puerto, pero revisará con más detalle después. Estar preparado depende de cómo documente cada operación.
¿Qué es la debida diligencia aduanera?
Es el conjunto de acciones razonables que un importador, exportador u operador realiza para asegurarse de que su operación cumple la normativa: verificar la información del proveedor, clasificar correctamente la mercancía, declarar el valor real, obtener los vistos buenos y conservar los soportes. Bajo el nuevo régimen, demostrarla puede marcar la diferencia entre una corrección sin sanción y un proceso sancionatorio.
¿Qué es la Auditoría Posterior al Despacho?
Es una revisión que la DIAN realiza después de que la mercancía obtuvo levante. En lugar de retener la carga por dudas que pueden aclararse con documentos, la autoridad verifica la operación con posterioridad. Esto agiliza el despacho, pero exige que el expediente esté completo y disponible cuando la DIAN lo solicite.
El expediente de cada operación
Recomendamos armar un expediente por cada documento de transporte con, al menos:
| Documento | Para qué sirve |
|---|---|
| Factura comercial y orden de compra | Soporta el valor declarado. |
| Documento de transporte (BL, guía aérea o carta de porte) | Identifica la operación y la carga. |
| Lista de empaque | Detalla cantidades, pesos y medidas. |
| Soporte de clasificación arancelaria | Fichas técnicas, fotos y criterios usados. |
| Certificado de origen | Justifica preferencias arancelarias de un TLC. |
| Vistos buenos y licencias | Cumplimiento de requisitos de INVIMA, ICA y otras entidades. |
| Pagos al exterior y seguros | Confirman el valor y los costos incluidos en la base gravable. |
| Declaración de importación y de valor | Lo presentado ante la DIAN. |
La normativa aduanera exige conservar los documentos soporte durante cinco años. Consulte nuestra lista completa de documentos de importación.
Riesgos frecuentes que revisa la DIAN
- Valoración: precios inferiores al mercado o costos no incluidos (fletes, seguros, regalías).
- Clasificación arancelaria: subpartidas que reducen indebidamente el arancel.
- Origen: preferencias de TLC sin un certificado válido.
- Descripción de la mercancía: datos incompletos o que no coinciden con la carga.
- Requisitos previos: vistos buenos vencidos o inexistentes.
Corregir a tiempo: la mejor estrategia
La Ley 2586 permite corregir sin sanción cuando la DIAN aún no ha iniciado una acción de control, y establece la "cero sanción" para la primera infracción leve corregida en un periodo de tres años. Por eso conviene hacer revisiones internas periódicas, por ejemplo trimestrales, sobre una muestra de operaciones.
Checklist de debida diligencia
- Verifique a cada proveedor nuevo y conserve la evidencia.
- Defina quién clasifica, quién revisa y quién aprueba cada declaración.
- Concilie facturas, pagos al exterior y declaraciones.
- Archive digitalmente el expediente de cada operación.
- Revise periódicamente una muestra de operaciones y corrija lo necesario.
- Trabaje con una agencia de aduanas que documente su trabajo.
Importe con respaldo documental
En LOGINTEC organizamos el expediente de cada operación para que esté listo ante cualquier control. Solicite una cotización.
Preguntas Frecuentes
¿La Auditoría Posterior al Despacho reemplaza la inspección en puerto?
No la elimina. Es una herramienta preventiva que permite verificar operaciones después del levante; la inspección en el lugar de arribo sigue existiendo según el análisis de riesgo.
¿Cuánto tiempo debo guardar los documentos de una importación?
La normativa aduanera exige conservarlos durante cinco años.
¿Cómo demuestro debida diligencia?
Con un expediente completo por operación, procedimientos internos documentados y evidencia de las verificaciones y correcciones realizadas.
Contenido informativo. Para casos específicos, consulte a su asesor aduanero o legal.
¿Necesitas un aliado para tu próxima operación?
En LOGINTEC contamos con presencia en 32 ubicaciones, 18 puertos y 14 zonas francas para acompañarte en cada paso de tu importación o exportación. Accede a nuestras herramientas de comercio exterior para rastrear contenedores y consultar portales oficiales.
Etiquetas:
Artículos Relacionados

Cambios Normativos en Comercio Exterior en Colombia: Resumen 2026
Las normas que todo importador y exportador colombiano debe conocer en 2026: nuevo régimen sancionatorio, declaración anticipada, nuevas obligaciones y exigencias de la Unión Europea.

Ley 2586 de 2026: Guía del Nuevo Régimen Sancionatorio Aduanero
La Ley 2586 de 2026 reemplaza el Decreto Ley 920 de 2023 con menos causales de aprehensión, cero sanción para la primera infracción leve corregida y un enfoque de debida diligencia.

Decreto 659 de 2024: Declaración Anticipada Obligatoria en Colombia
El Decreto 659 de 2024 convirtió la declaración anticipada en la regla general para importar en Colombia. Le explicamos plazos, riesgos y cómo prepararse.
